En concordancia con lo establecido por el Gobierno federal en los Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante COVID-19, publicados el pasado 7 de octubre, el Estado de México precisa:

Que, ante el descenso en el número de contagios y personas hospitalizadas a consecuencia del COVID-19, se recomienda el uso de cubrebocas solo en espacios cerrados y si la distancia entre una persona y otra es de menos de metro y medio; asimismo, en espacios cerrados con sana distancia no es obligatorio; mientras que, en lugares abiertos, con sana distancia no es obligatorio y sin sana distancia es recomendable.

También se sugiere conservar el uso del cubreboca en espacios cerrados que no se encuentren ventilados o cuenten con poca ventilación.

Explicó que la población podrá omitir el uso de cubreboca cuando no se comparte el lugar físico de trabajo, al tomar bebidas o consumir alimentos y al realizar trabajo físico intenso.

Además, en apego a dichos lineamientos señala que se sugiere el uso de cubreboca a las personas que decidieron no vacunarse o con inmunocompromiso se les conmina a utilizarlo en todo momento.

En lugares de trabajo mal ventilados las personas que compartan el mismo lugar físico de trabajo, en los casos especiales se tendrán que valorar de manera individual.

También en los puestos de trabajo donde se presente una muy alta exposición a fuentes conocidas o sospechosas de SARS-CoV-2, como las personas trabajadoras del cuidado de la salud, que realizan procedimientos que generan aerosoles, deberán usar cubrebocas N95 (o su equivalente), guantes, bata y protección de ojos.

De la misma manera se informa que se recomienda a las personas trabajadoras que durante los traslados (de casa al trabajo y viceversa, o en comisiones) utilicen su cubreboca durante el trayecto en caso de hacerlo en transporte público, y realicen higiene de manos con solución base alcohol por lo menos al 60 por ciento.

La Secretaría de Salud estatal, precisa que, gracias al avance en la vacunación contra el virus SARS-CoV-2, así como la adopción de las medidas sanitarias preventivas implementadas desde el inicio de la pandemia, se ha logrado disminuir la propagación de esta enfermedad y esto ha propiciado la emisión de los lineamientos antes descritos.

Reitera que, si bien la pandemia aún no termina, la participación responsable de la sociedad, permitió que el quinto repunte tuviera un impacto menor en el número de personas que se contagiaron de COVID-19 o requirieron de atención en unidades de segundo y tercer nivel.

De igual manera, la Secretaría de Salud del Estado de México subraya que en apego a los Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante COVID-19, ya no es necesario el uso de tapetes sanitizantes, por lo que sugirió retirarlos de los accesos de viviendas y establecimientos industriales, comerciales y de servicios.

Por último, la dependencia informó que para conocer a detalle las especificaciones, además de las recomendaciones en materia de medidas de seguridad sanitaria en el entorno laboral, se puede consultar el documento oficial en la siguiente liga:https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2022/10/2022.10.10LineamientoCovidActividadesEconomicasNN.pdf

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